lunes, 22 de septiembre de 2008

DECLARACIÓN DE PIEDRA GRANDE: Contenido de la Declaración y compromisos de la población rafaeleña

En respuesta al "Manifiesto Público" emitido por nuestro Gobierno Local, la población dispuso el 2 de setiembre del 2008, hacerse presente el 8 de setiembre siguiente y expresar : "como uno sólo" su posición a favor de la defensa y protección de los acuiferos Barva, Colima Superior y Colima Inferios que nacen en los cantones del norte de la provincia de Heredia y que alimentan de agua, no solo a los pobladores de ésta, sino también a parte de Alajuela y al Valle Central, hasta donde diariamente el A y A conduce 2 metros cúbicos de agua por segundo.

La posición del pueblo rafaeleño en este campo se plasmó e el documento titulado "DECLARACIÓN DE PIEDRA GRANDE" del 2 de setiembre del 2008, cuya redacción y lectura ante las autoridades locales le fue encomendada al Lic. Mario Alberto Chaves Mata. El documento fue firmado por millares de vecinos y entregado finalmente al Concejo Municipal el día 8 de setiembre del 2008, como respaldo del municipio por las políticas municipales dictadas en pro de los recursos naturales de nuestro territorio cantonal. A continuación el texto de la referida Declaración, que apareció publicada en el Acta N° 198-2008 del 8 de setiembre del 2008, del Concejo Municipal, a partir de la página 17 hasta la 23, inclusive:


"DECLARACIÓN DE PIEDRA GRANDE

Los habitantes de San Rafael de Heredia, reunidos el 2 de setiembre del 2008 en el Salón “Piedra Grande”, nombre original de este cantón, recogiendo los anhelos de los distritos de San Rafael, San Josecito, Barrio Santiago, Los Ángeles y Concepción, que lo componen, declaramos nuestro respaldo al “Manifiesto Público” emitido por el Concejo Municipal Rafaeleño, por medio del cual, en ejercicio de la autonomía Constitucional de que está investido, dispuso garantizar a esta población que durante el período 2006-2010, “no aceptará” el uso del territorio ubicado en su jurisdicción para el traslado de asentamientos en precario provenientes de otros lugares de nuestra provincia, por los problemas que el desarrollo de este tipo de urbanizaciones trae implícito. (Véase Acuerdo Municipal adoptado en la Sesión Ordinaria N° 197-2008, del 1° setiembre del 2008.)

En este espíritu acogemos sin reservas, la invitación que nuestro Gobierno Local nos formuló en dicho “Manifiesto” para: “responder como una sola voz, oponiéndonos todos juntos a cualquier intento, tanto del sector privado como público”.

Expresamos en consecuencia la imperiosa necesidad de que ambos sectores, respeten el criterio de nuestro Municipio y de sus habitantes, a la hora de proponer este tipo de iniciativas en nuestro cantón.

Reconocemos, no obstante, el impulso que el Gobierno Central viene dando a favor de importantes iniciativas de Ley para el fortalecimiento de programas sociales dirigidos a la dotación de vivienda digna, y particularmente aquellos que buscan beneficiar a las personas desposeídas en condiciones de pobreza. (Véase: Proyecto de Ley de Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, Expediente Legislativo Nº 16.328)

Reconocemos además, los esfuerzos que las autoridades nacionales hacen para erradicar los asentamientos en precario establecidos en el Gran Área Metropolitana de nuestro país, es decir, aquellos ubicados en San José, Cartago, Alajuela y Heredia. (Véase: Proyecto de Ley Especial para Titulación de Vivienda en Precarios y en Zonas de Desarrollo Urbano no reconocidas (Precarios). Expediente Legislativo Nº 15.983)

Sin embargo, reconocemos también la existencia de claros intereses: político-empresariales que se ocultan alrededor del tema que nos ocupa, particularmente por el potencial inmobiliario y alta plusvalía que ahora tienen los terrenos donde se ubican los actuales precarios de nuestra provincia, cuyas inmediaciones se han visto rodeadas por novedosos y gigantescos desarrollos comerciales, y cuyos propietarios registrales, de antaño y del presente, están directa o indirectamente relacionados con las mismas familias heredianas de donde provienen importantes figuras del actual gobierno.
Por tal motivo no podemos considerar ajena la reciente lucha que lideraron los vecinos de Santa Bárbara de Heredia, para repudiar de manera anticipada cualquier medida de presión que las autoridades nacionales o los diputados de gobierno intenten aplicar en contra de sus representantes municipales, para evitar que éstos sean obligados por los canales políticos a ceder los permisos de construcción, -para la instalación en aquel municipio-, de los futuros proyectos habitacionales que impulse esta Administración para reubicar a los pobladores de aquellos asentamientos ubicados en las inmediaciones de la zona de mayor auge comercial que posee el cantón central de nuestra provincia.

Estamos conscientes que aquel reclamo de los Barbareños, al igual que el movimiento vecinal que respalda la presente Declaración, no se opone a la idea de dotar de vivienda digna a las personas desposeídas y en condiciones de pobreza, sino que por el contrario, constituye un llamado de atención de nuestras comunidades al actual Gobierno Central, sus diputados de provincia, e incluso al propio Gobierno Local del cantón central de Heredia, para que procuren resolver juntos, y -dentro de su estricto ámbito de jurisdicción territorial y municipal-, el tema de la reubicación de las “Zonas de Desarrollo Urbano no reconocidas”, que por tantos años se han establecido en aquel municipio.

Bajo este contexto, nuestra población acepta con recelo los oficios emitidos por el Ministro a.i de Vivienda y Asentamientos Humanos, y por los diputados de Heredia, (Números DM-0618-2008 y DFFSC -0222-08, del 1° y 5 de agosto respectivamente) donde se informa que con relación a aquellos asentamientos “… la presente Administración no ha contemplado reubicarlos en ningún otro cantón de nuestra provincia.”

Fundamentados en los hechos anteriores y en los principios comunes que compartimos con nuestras autoridades locales, los vecinos y vecinas de San Rafael de Heredia, convenimos en lo siguiente:

1. Ratificar, en lo conducente la “Declaración de San Rafael”, del 27 de noviembre de 1991, en la que las organizaciones de la sociedad civil organizada expresaron a su Municipalidad: “…su compromiso con la protección conjunta de los recursos hídricos existentes en la zona”, como medida para intentar resolver el grave problema de calidad y cantidad de agua que sufrió nuestro cantón en aquella época. (Véase “Declaración de San Rafael”, publicada en el Periódico Heredia, diciembre de 1991)

2. Expresar, en consecuencia, nuestra oposición al establecimiento en nuestras comunidades de proyectos urbanísticos o habitacionales de alta concentración y densidad, por el grave riesgo de contaminación que generaría a los acuíferos: Barva, Colima Superior y Colima Inferior, lo anterior porque la construcción, en pequeños lotes de este tipo de viviendas, así como la respectiva instalación de sistemas de tanques sépticos individuales, podría vulnerar -de manera irreversible- las zonas de recarga y descarga acuífera que existen en nuestro cantón, debido a la relativa baja profundidad que presenta el nivel freático de aquellos acuíferos y a la alta permeabilidad de nuestros suelos, lo cual afectaría las fuentes de agua que actualmente alimentan a la mayor parte de nuestra provincia y a amplios sectores del Valle Central.

3. Destacar que frente a situaciones como la que aquí se plantea, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, también ha reconocido que corresponde, en primera instancia, a nuestras corporaciones municipales, la tarea de proteger y conservar las aguas subterráneas que existen dentro de sus respectivas jurisdicciones, para lo cual disponen de una serie de instrumentos indirectos que así lo determinan, tales como la Ley de Planificación Urbana, la Constitución Política, el plan regulador para planificar y controlar el desarrollo urbano y los reglamentos de desarrollo urbano conexos, así como de instrumentos directos, como el Código Municipal y las propias políticas municipales que dicte cada Gobierno Local para normar esas áreas.
4. Coincidir plenamente con la Jurisprudencia Constitucional que señala que: “Por aplicación de los derechos fundamentales a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado (artículo 50 de la Constitución Política), a la vida y la salud humanas (artículo 21 ibidem) y en aras de un desarrollo sostenible los cantones que por sus características geomorfológicas cuenten en su circunscripción terrenos que alberguen mantos acuíferos, áreas de recarga y descarga de éstos, manantiales y nacientes están especialmente llamados y obligados a regular y normar, responsable, eficiente y eficazmente, tales extremos, puesto que, en ocasiones las aguas subterráneas no solo proveen al consumo y uso de las poblaciones del cantón sino a diversos cantones lo que demuestra un claro interés supralocal o nacional.” (Véase Voto de la Sala IV N° 1923-2004 de las 14:55 horas del 25 de febrero del 2004)

5. Expresar por lo tanto, nuestro respaldo hacia la Política Municipal adoptada por nuestro Gobierno Local con el fin de lograr un mejor ordenamiento territorial y un crecimiento sostenible en materia de desarrollos urbanísticos, y con fundamento en ella renovamos nuestro compromiso, como habitantes de este cantón, de respaldar todas aquellas decisiones que permitan orientar a San Rafael de Heredia: “…hacia un verdadero desarrollo local, que reúna las condiciones necesarias de seguridad, salubridad, comodidad y belleza en sus vías públicas, en los edificios y construcciones”, todo de conformidad con el acuerdo adoptado por nuestro Concejo Municipal en su Sesión Extraordinaria N°193-2008, celebrada el miércoles 13 de agosto del 2008.

6. Aceptar, en consecuencia, las limitaciones y restricciones que aquellas políticas fijen en materia del uso y el aprovechamiento del suelo, así como de las aguas derivadas de la determinación y fijación de nuestras áreas protegidas, por tratarse de políticas municipales dictadas tanto en nuestro beneficio, como a favor de los habitantes de los otros cantones que actualmente están siendo abastecidos con las aguas que discurren por los acuíferos que existen en el subsuelo rafaeleño, y que afloran o descargan en otros cantones y, desde luego, por beneficiar a nuestras futuras generaciones.

7. Respaldar solidariamente, las iniciativas de Ley que han sido dictaminadas en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa sobre el tema de erradicación de precarios, así como cualquier otro proyecto de Ley que contribuya a dotar de vivienda digna a las personas desposeídas en condiciones de pobreza.

8. Fiscalizar y dar seguimiento tanto a las acciones que impulse el Ministerio de la Vivienda, así como a la coordinación política que ejerzan los representantes populares de nuestra provincia ante nuestras autoridades locales, lo anterior a efecto de corroborar que los proyectos habitacionales dirigidos a erradicar las “Zonas de Desarrollo Urbano no reconocidas” de nuestra provincia, respeten, efectivamente, el arraigo de sus pobladores y de las familias que se pretendan beneficiar con tales programas.

9. Solicitar a nuestro Gobierno Local fortalecer sus políticas municipales a efecto de que no se aprueben en nuestro cantón normas de excepción urbana, salvo en lo que se refiera a la legislación ambiental vigente, a fin de evitar en nuestras comunidades el establecimiento, presente y futuro, de “Zonas de Desarrollo Urbano no reconocidas” o Asentamientos en Precario.

10. Acudir ante la Sala IV, para defender el Principio de Autonomía de los Gobiernos Locales, que garantiza nuestra Constitución Política, lo anterior en el supuesto de que las autoridades de Gobierno o sus diputados intenten desconocer las políticas municipales dictadas por nuestras autoridades locales en ejercicio de su competencia. (Artículo 170 de la Constitución Política)

11. Coadyuvar con nuestro Gobierno Local en la defensa de nuestras aguas subterráneas, y plantear los Recursos de Amparo que sean necesarios para evitar cualquier proyecto habitacional que ponga en peligro de daño grave e irreversible los acuíferos Barva, Colima Superior y Colima Inferior que actualmente abastecen, no sólo a todos los cantones heredianos de la estribación Sur de la Cordillera Volcánica Central, sino también a una parte del cantón de Alajuela y una gran parte de San José, todo de conformidad con el Principio Precautorio del Derecho Ambiental, o “indubio pro natura” reconocido en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, y recogido en los Votos de la Sala IV, N° 1250-99, N° 9773-00, N° 1711-01 y N° 6322-03.

12. Convocar a la población rafaeleña en general, a presentarse el día 8 de setiembre del 2008, ante el Palacio Municipal de nuestro cantón a efecto de hacer formal entrega de la presente Declaración a los representantes de nuestro Gobierno Local, como testimonio y expresión legítima de la voluntad de nuestras respectivas comunidades, y solicitar su respaldo para promover su debida publicación y difusión ante las instancias públicas y privadas que corresponda.

San Rafael de Heredia, 2 de setiembre del 2008."



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