lunes, 22 de septiembre de 2008

OFICIOS ENVIADOS: Carta a la Cámara Costarricense de la Construcción DPG-03-08

San Rafael de Heredia, 16 de Septiembre de 2008.
DPG-03-2008


Señores: Junta Directiva
Cámara Costarricense de la Construcción

Estimados señores Directores:

Es mi deseo saludarles y a la vez hacer de su conocimiento que el pasado 8 de setiembre, la población rafaeleña se dio cita en el Palacio Municipal del cantón, con la finalidad de hacer formal entrega de la llamada “Declaración de Piedra Grande”, cuyos principios fueron adoptados el 2 de setiembre anterior en el Salón de eventos que lleva ese nombre, y cuyo contenido atañe directamente a la Cámara Costarricense de la Construcción (CCC), y en general a todos los asociados que la integran.

Lo anterior porque esa Declaración documenta el respaldo que aquella población hizo a favor de proyectos de ley y acciones gubernamentales que también son de interés para el gremio de la construcción.
En efecto, me refiero específicamente a los expedientes Legislativos números: 16.328 y 15.983, que son por su orden los proyectos de: “Ley de Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda”, y el de “Ley Especial para Titulación de Vivienda en Precarios y en Zonas de Desarrollo Urbano no reconocidas (Precarios)”, con los que el actual gobierno pretende erradicar los precarios del Gran Área Metropolitana, y dotar a la vez de vivienda digna a las personas desposeídas y en condiciones de extrema pobreza

Si bien la población rafaeleña fue la primera en externar -ante la Asamblea Legislativa- su respaldo formal hacia aquellas iniciativas, también desea ser la primera en señalarle a los grupos empresariales vinculados con el sector construcción, -que la CCC representa-, su decidida oposición a la idea de instalar en nuestro territorio:
“… proyectos urbanísticos o habitacionales de alta concentración y densidad, por el grave riesgo de contaminación que generaría a los acuíferos: Barva, Colima Superior y Colima Inferior, lo anterior porque la construcción, en pequeños lotes de este tipo de viviendas, así como la respectiva instalación de sistemas de tanques sépticos individuales, podría vulnerar -de manera irreversible- las zonas de recarga y descarga acuífera que existen en nuestro cantón, debido a la relativa baja profundidad que presenta el nivel freático de aquellos acuíferos y a la alta permeabilidad de nuestros suelos, lo cual afectaría las fuentes de agua que actualmente alimentan a la mayor parte de nuestra provincia y a amplios sectores del Valle Central.” (Véase “Declaración de Piedra Grande” del 2 de setiembre del 2008, Acuerdos 2° y 7°)

Esta posición no es reciente, sino que encuentra sustento en la llamada Declaración de San Rafael”, del 27 de noviembre de 1991, en la que los vecinos de ese cantón asumieron: “…su compromiso con la protección conjunta de los recursos hídricos existentes en la zona”, como medida para garantizar la solución al grave problema de calidad y cantidad de agua que sufría dicho municipio en aquella época, y con el objeto de evitarle el mismo problema a las generaciones futuras. (Véase “Declaración de San Rafael”, publicada en el Periódico Heredia, diciembre de 1991).

Es por ello que hoy día, aquel compromiso continúa vigente, ahora fortalecido por las actuales políticas municipales que lo respaldan, y por el renovado apoyo que los rafaeleños expresaron en la nueva “Declaración de Piedra Grande”, pero además porque nuestro municipio forma parte de una empresa privada cuya Ley Constitutiva no sólo le garantiza mantener a un representante dentro de su Junta Directiva, sino que también le otorga amplias facultades legales para: “asumir la conservación (…) y proteger las cuencas, manantiales, los cauces y los lechos de los ríos, corrientes superficiales de agua y mantos acuíferos…” de nuestro cantón, y en general de la región de Heredia. ( Véase artículo 6 inciso g) de la Ley N° 7789, del 23 de abril de 1998, Ley de Transformación de la ESPH)

Aparte de lo anterior, y con fundamento en el Principio Precautorio del Derecho Ambiental, conocido como “indubio pro natura” , nuestra población resolvió además coadyuvar decididamente – a favor de nuestro Gobierno Local- en la defensa de nuestras aguas subterráneas, para lo cual planteará -cuando sea requerido-: Recursos de Amparo en contra de cualquier fraccionamiento, lotificación, segregación y/o construcción que ponga en peligro de daño grave e irreversible los acuíferos Barva, Colima Superior y Colima Inferior que actualmente abastecen de agua potable, no sólo a todos los cantones heredianos de la estribación Sur de la Cordillera Volcánica Central, sino también a una parte del cantón de Alajuela y una gran parte de San José.

Tales acciones incluyen la posibilidad de acudir ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, para hacer valer el Principio de Autonomía de los Gobiernos Locales que nuestra Constitución garantiza, lo anterior en el supuesto de que cualquier instancia política, pública o privada, intente desconocer las directrices que, -en materia de ordenamiento urbano-, hayan dictado o dicten nuestras autoridades y gobernantes locales en ejercicio de su competencia. (Artículo 170 de la Constitución Política)

Consciente de que este gremio se ha comprometido en alcanzar, no sólo el bienestar de sus asociados, sino en especial el de la sociedad costarricense en general, y de que por esa causa sabrán comprender las motivaciones que impulsan el dictado de la “Declaración de Piedra Grande”, HAGO FORMAL ENTREGA de éste documento a la Cámara Costarricense de la Construcción, para que lo haga extensiva a su Comité Permanente de Vivienda, a sus Consultores, y Desarrolladores Inmobiliarios, y en general a todas sus empresas asociadas.

Dicha entrega la hago como uno más de los cientos de vecinos que el 8 de setiembre pasado sea apersonaron, firmaron y entregaron a nuestra Municipalidad la “Declaración de Piedra Grande”, y como responsables de la redacción de dicho documento, y de la “Declaración de San Rafael” del 27 de noviembre del 1991, a que hace referencia.

Cualquier acuerdo o respuesta de esta Cámara o de sus asociados ruego remitirla a mchavesm@abogados.or.cr, con copia al Concejo Municipal de San Rafael, Fax número: 22 60 02 13.

Atentamente,


Lic. Mario Alberto Chaves Mata

Anexo: Lo indicado
Copia: Concejo Municipal
de San Rafael de Heredia
Diputados Asamblea Legislativa
Empresa de Servicios Públicos de
Heredia. Sociedad Anónima ESPH-S.A.

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